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Cambio di condizione da Residente Temporale a Residente Permanente




COME OTTENERE LA RESIDENZA PERMANENTE

CHI PUO' SOLLECITARE IL TRAMITE:
L'interessato se maggiorenne
I genitori con Residenza Permanente in caso di minori
Il rappresentante legale
Il tutore

Si puo' presentare questo tramite quando la persona straniera abbia compiuto i 4 anni di Residenza Temporale oppure i 2 anni in caso di straniero sposato con un persona con cittadinanza messicana o con un residente permanente.

I Documenti da presentare sono:
-Riempire il modulo on-line della richiesta di cambio di Estancia da Res. Temp. a Res. Permanente
-Consegnare un foglio scritto dove si specifica il motivo della richiesta ,i requisiti che si hanno ,i dati etc etc.
-Copia e originale Tarjeta Res Temporal
-Copia e originale Passaporto 
-5 Fotografie ( 3 fronte e 2 profilo)
-Pago derechos

-I requisiti sono:
1) Aver compiuto i 4 anni di Residenza Temporale e avere un lavoro stabile con entrata mensile minima dimostrabile , per mantenersi, oppure 
2) Essere sposati da 2 anni con un messicano o con Residente Permanente,oppure 
3) Essere figlio a carico o genitore di un Residente Permanente ( Cambio de Estancia por Vinculo Familiar ) , oppure 
4) Essere pensionato e avere una entrata dimostrabile minima che permetta di vivere nel territorio nazionale ( circa 1400 euro mensili).

La Residenza Permanente ha scadenza solo in caso di minore:
1 anno per bambini sotto i 3 anni
4 anni in caso di bambini tra i 4 e i 18 anni
NON HA SCADENZA IN CASO DI PERSONA MAGGIORENNE


RECIDENCIA DEFINITIVA REQUISITOS:
Declaratoria de Inmigrado: Conforme al Manual de Criterios y Trámites Migratorios del Instituto Nacional de Migración, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de enero de 2010. Forma de presentación del trámite: Formato Migratorio para Trámite de Estancia, llenado de manera electrónica a través de la página de internet (www.inm.gob.mx), con firma autógrafa del extranjero (tratándose de menores de edad o discapacitados la solicitud de trámite debe se firmada por quien ejerza la patria potestad o la tutela). En el formato migratorio deberá manifestar su intención de residir de forma permanente en el país y las actividades a que se dedicará.
Requisitos:
 1- Forma migratoria (original de la Forma Migratoria de Inmigrante o de la FM2).
2- Escrito bajo protesta de decir verdad en el que expresamente solicite la calidad de Inmigrado y manifieste que su asisten las  condiciones bajo las cuales le fue concedida la característica migratoria. 3- Comprobante de pago de derechos (original y copia legible; solicite la hoja de ayuda en la Delegación Regional en donde realice su trámite): Por la recepción, examen y estudio de la solicitud: $1,000.00 con fundamento el Artículo 10, fracción III de la Ley Federal de Derechos.Por la expedición de la Declaratoria de Inmigrado: $3,828.00 con fundamento en el Artículo 10, fracción I de la Ley Federal de Derechos (el comprobante deberá presentarse al momento de tramitar la expedición de la forma migratoria).  
Acreditación de personalidad jurídica: En caso de que el interesado realice el trámite através de un representante legal, éste acreditará tal carácter con poder otorgado o ratificado ante fedatario público, o carta poder firmada ante dos testigos, obien autorización en su propio escrito, presentando además copia legible de identificación oficial vigente (confotografíayfirma) del otorgante, del representante legal y de los dos testigos. También se puede otorgar poder mediante los formatos migratorios. Importante.
 Para agilizar la expedición de la forma migratoria en caso de que sea autorizado el trámite debe ingresarse junto con la solicitud:
a)Cinco fotografías tipo infantil a color (tamaño2.5×3.0cm.), tres de frente y dos de perfil derecho de lacara, fondo blanco, con la frente y las orejas descubiertas, sin aretes y sin anteojos. No se aceptan fotografías instantáneas.
b) Formato Básico debidamente  llenado. Solamente el Coordinador de Regulación Migratoria, Delegados Regionales, Subdelegados Regionales, Directores, Subdirectores, Delegados y Subdelegados Locales podrán solicitar documentación adicional a la establecida en esta cédula de requisitos para la resolución del trámte. Entodocaso, deberá existir un acuerdo en el que se motive la necesidad de requerir dicha información y deberá cumplirse con las formalidades establecidas en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. mas información en www.inm.gob.mx

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